El Consejo de Ministros ha aprobado la puesta en marcha del Plan de Garantía Juvenil, aprobado en abril de 2013 por la Unión Europea, en virtud del cual los jóvenes entre 16 y 25 años que no tengan trabajo ni estén formándose tendrán derecho a recibir una oferta de trabajo, de prácticas o de formación en un plazo de cuatro meses.
Podrán apuntarse los jóvenes que reúnan las condiciones anteriores y que, en concreto, no hayan trabajado en los últimos 30 días y no hayan recibido actividad educativa o formativa en los últimos 90 o 30 días, respectivamente.
Podrán apuntarse los jóvenes que reúnan las condiciones anteriores y que, en concreto, no hayan trabajado en los últimos 30 días y no hayan recibido actividad educativa o formativa en los últimos 90 o 30 días, respectivamente.
¿Qué es la Garantía Juvenil?
Garantía Juvenil
La Garantía Juvenil es una iniciativa europea que pretende facilitar el acceso de los jóvenes menores de 25 años al mercado de trabajo. En España se enmarca en la estrategia de Emprendimiento Joven aprobada en febrero de 2013 por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social. La Recomendación sobre la Garantía Juvenil establece que los jóvenes menores de 25 años puedan recibir una oferta de empleo, de educación o formación tras haber finalizado sus estudios o quedar desempleados.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios?
Los jóvenes que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener nacionalidad española o ser ciudadanos de la Unión o de los Estados parte del Acuerdo Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia. También podrán inscribirse los extranjeros titulares de una autorización para residir en territorio español que habilite para trabajar.
- Estar empadronado en cualquier localidad del territorio nacional español.
- Tener más de 16 años y menos de 25, o menos de 30 años en el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, en el momento de solicitar la inscripción en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
- No haber trabajado en los 30 días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
- No haber recibido acciones educativas que conlleven más de 40 horas mensuales en los 90 días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
- No haber recibido acciones formativas que conlleven más de 40 horas mensuales en los 30 días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
- Presentar una declaración escrita de tener interés en participar en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, adquiriendo un compromiso de participación activa en las actuaciones que se desarrollen en el marco de la Garantía
Por otra parte, para los contratos de formación y aprendizaje se aumenta la bonificación hasta el 50% para la actividad formativa y se bonifica el 50% de las cotizaciones por contingencias comunes, lo que sumado a la reducción que ya existe del 50%, permite que esos contratos estén exentos de esas cotizaciones.